Coordinadora de Trabajadores de los Puertos del Principado de Asturias (CTPPA) ha presentado un preaviso de huelga que afectará a los casi 400 trabajadores de 15 empresas estibadoras, consignatarias de buques y agencias de aduanas del Principado de Asturias de los puertos de Gijón y Avilés.
Esta decisión, según un comunicado de Coordinadora, “surge después de casi un año de negociaciones entre la parte social y las empresas.
Durante todo este tiempo, Coordinadora ha hecho diferentes movimientos con el objetivo de acercar posturas, chocando con el inmovilismo de las empresas a la hora resolver las cuestiones que consideran fundamentales y razonables”.
Paros previstos
Si no se llega a un acuerdo previo, los paros se iniciarán el próximo 13 de noviembre de 2023. Se ha determinado que, en una primera fase, los paros se desarrollarán los días 13, 14 y 17 de noviembre de 2023 desde las 00:00 horas a las 24:00 horas.
Se ha recogido realizar los paros en varias fases; pero si no existiera acuerdo, a partir del 2 de diciembre en adelante se haría huelga indefinida desde las 00:00 horas.
La CTPPA ha aclarado que la huelga no afectará a los servicios de mercancías perecederas o peligrosas, al tráfico de mercancías estratégicas, al abastecimiento de la población ni al tráfico de pasajeros de líneas regulares, ya que estos servicios se consideran esenciales y no se verán afectados por la huelga.
Las principales demandas de los trabajadores se centran en la negociación directa en el proceso del convenio colectivo, que está paralizado desde el año 2011. En ese sentido, la parte social reitera la necesidad de buscar soluciones coordinadas como mínimo en lo referente a la jornada laboral.
Las demandas de Coordinadora se basan en los siguientes puntos:
- Que la patronal y empresas estibadoras consignatarias de buques y agencias de aduanas del Principado de Asturias se avengan a negociar de buena fe, realizando propuestas constructivas, concretas y cuantificadas cuando sean necesario.
- Se respete la jornada establecida en el vigente convenio y hasta que se acuerde uno nuevo, y no se superen el máximo de horas extraordinarias establecido legalmente.
- Que el cambio de las condiciones de la jornada laboral, de realizarse, sea con el consentimiento del trabajador y una compensación justa. Y un aumento del 20,8% en los salarios para abordar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores en los últimos 11 años.