El Mitma creará una Autoridad única para la investigación de accidentes ferroviarios, aéreos y marítimos

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el proyecto de Ley para la creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la investigación técnica de accidentes e incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil para esclarecer sus causas y evitar su recurrencia, proponiendo recomendaciones que mejoren la seguridad.

El proyecto de Ley será remitido a las Cortes Generales para su aprobación como Ley por el procedimiento de urgencia. Posteriormente, se tramitará la aprobación, por parte del Consejo de Ministros, del Estatuto Orgánico de la Autoridad con el fin de que pueda entrar en funcionamiento esta Legislatura.

La Autoridad ejercerá las funciones que actualmente desarrollan las tres comisiones existentes para la investigación de accidentes e incidentes, que están adscritas orgánicamente a Mitma en régimen de independencia funcional: la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), la Comisión Permanente de Investigación de accidentes e incidentes marítimos (CIAIM) y la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC).

Así, las investigaciones en curso continuarán su tramitación, sin que haya una paralización de estas. En este sentido, se fija un periodo transitorio entre la aprobación de la Ley y la constitución efectiva de la Autoridad Independiente en el que las Comisiones actuales continuarán desarrollando sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en la misma.

El Consejo será el máximo órgano de gobierno de la Autoridad, al que corresponderá la aprobación de los informes finales de investigación, y estará formado por un presidente y seis consejeros. La persona que ostente la presidencia tendrá rango de subsecretario y los consejeros y consejeras tendrán la condición de alto cargo de la Administración General del Estado.

Los miembros del Consejo serán nombrados por Real Decreto, a propuesta de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, entre profesionales de reconocido prestigio y acreditada cualificación profesional en el ámbito de actuación de la Autoridad. Así, dos de los consejeros deben ser expertos en el sector marítimo, dos en el aéreo y otros dos en el ferroviario.

El mandato de los miembros del Consejo será de seis años, sin posibilidad de reelección, renovándose parcialmente cada tres años.

Para realizar esta renovación parcial tras el nombramiento del primer Consejo, se ha establecido que en la sesión constitutiva de la Autoridad se llevará a cabo un sorteo que determinará los tres consejeros o consejeras cuyo mandato tendrá una duración de tres años en lugar de los seis previstos.

Los miembros del Consejo realizarán sus funciones con dedicación exclusiva, y estarán sometidos a un estricto régimen de incompatibilidades, que incluye que durante los dos años siguientes a su cese no podrán realizar actividad privada alguna relacionada con el ámbito de actuación de la Autoridad.

Finalmente, se establecen unas causas tasadas de cese, para evitar que puedan ser cesados discrecionalmente.