Europa plantea ampliar el número de productos considerados con alto riesgo de contaminación que están sujetos al Reglamento 2023/956 – en el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM)-, según ha informado, Irene Guardiola, letrada del Consejo General de Agentes de Aduanas, este sábado durante el XIX Foro Aduanero.
En concreto, los productos afectados en estos momentos por el Reglamento en cuestión son: el cemento, el hierro, el acero, el aluminio, la electricidad, los fertilizantes y el hidrógeno. “El Parlamento europeo realmente quería empezar con más productos, pero decidió comenzar por esos”, ha puntualizado la letrada.
En este sentido, cabe precisar que el Reglamento se encuentra en estos momentos en un periodo de aplicación transitoria, mientras que su entrada en vigor se producirá en el 2026. “Ha entrado de manera transitoria sobre todo por un tema de información, puesto que la Comisión Europea necesitaba ver cómo funcionaba”.
Según la abogada, durante este periodo de transición es necesario presentar las declaraciones MAFC: “En este periodo no va a ver pagos, no va a haber ningún tipo para el importador, pero sí se va a exigir aportar una serie de información para prepararse para lo que va a venir en el 2026, en la que ya se entrará con certificados y con el pago de las emisiones, etc.”.
Productos químicos, plásticos y derivados del petróleo podrían incorporarse a la lista
La letrada del Consejo General de Agentes de Aduanas ha afirmado que a partir del 2026 “pueden incorporarse” más productos que estarían sujetos a este tipo de reglamentación. “Puede tratarse de plásticos, productos químicos, derivados del petróleo, está por ahí”, ha remarcado la letrada.
“Esto va a venir. La idea es que se aplique a más productos, por tanto, lo primero que debéis hacer como agentes de aduanas es determinar si los productos que importáis están sujetos a esta medida”, ha recomendado Guardiola.
El objetivo del Reglamento: evitar la fuga de empresas fuera de Europa
Según Guardiola, la aplicación del régimen de comercio de emisiones (EU ETS), el cual controla las emisiones que provocan determinados productos y se aplica a las empresas que fabrican en la UE, supuso “que las empresas se fueran a terceros países a fabricar”.
Ante esta situación, la Comisión Europea “trató de penalizar a los que se marcharon” de Europa: “Ese es el objetivo de esta norma, tratar igual a los fabricantes en terceros países que no cumplen con normas iguales a las europeas”, ha concluido la abogada.