Qué pasara con los representantes aduaneros o agentes de aduanas, es complicado responder, aunque desde mi humilde opinión, se sigue pudiendo acceder a la representación directa e indirecta, pero con matices y mucha exigencia.
Desde el año 1968 en el que se creó la Unión Aduanera de la Unión, el Código Aduanero de la Unión (CAU) ha experimentado varias reformas y modificaciones. La primera tuvo lugar en el 2009 con el Reglamento 450/2008 donde se introdujeron cambios significativos en la gestión aduanera estableciendo nuevas normas y procedimientos. La segunda reforma en el 2013 con el Reglamento 952/2013 donde se modernizaban y simplificaban los procedimientos aduaneros.
Nos encontramos ahora con una nueva propuesta de reforma del Código Aduanero de la Unión (CAU), totalmente normal ya que han transcurrido diez años ya, y las regulaciones también se quedan obsoletas y necesitan renovarse y adaptarse a los tiempos actuales, pero ¿cuál es el mensaje principal de esta propuesta? El de simplificar los procesos a las empresas directamente y minimizar la burocracia, pero ¿qué pasa con el representante aduanero o agente de aduanas? ¿En qué lugar se encontraría si entrara en vigor esta propuesta? Más adelante intentaremos contestar esa pregunta, pero empecemos por destacar una serie de cambios importantes, y sobre todo una muy importante y quizás la más chocante, la desaparición del DUA (Documento Único Administrativo) para nosotros los agentes, “El Gran Documento” que sirva para liberar una mercancía ya sea en importación o exportación y que contiene la información necesaria para el despacho ante la Aduana y que nos dicen el origen y destino de una mercancía, quien lo exporta o importa, como llegó o salió, si en avión o por mar, cuánto vale y de que producto se trata, todo ello resumido en 56 casillas. La nueva propuesta presenta un nuevo proceso simplificado para la introducción de las mercancías en la Unión Aduanera sustituyendo el DUA por un intercambio de datos mínimos por parte de las empresas para la obtención del Levante o la libre circulación siempre que se disponga de la información por adelantado y no plantee riesgo o problema para la Aduana pudiendo intervenir cuando y donde sea necesario. Se plantea un escenario transitorio hasta llegar a crear un Centro Aduanero de Datos de la UE (operativo a partir del 2032) administrado por una única Autoridad Aduanera de la UE (a partir del 2028) para gestionar y garantizar los procesos aduaneros entre todas las Aduanas nacionales.

A continuación, algunos de los cambios importantes que plantea este borrador:
- Supresión del umbral de los 150 euros de las ventas a distancia por lo que ahora todas las mercancías desde valor cero pagarán derechos arancelarios por creer que se abusaba de este umbral favoreciendo a los operadores del comercio electrónico de terceros países.
- Se introduce una legislación medioambiental que protege las especies, lucha contra el cambio climático, frena la deforestación y trata el traslado de residuos.
- Refuerzan la atribución de responsabilidades a la figura del importador y del exportador de tal modo que las mercancías solo podrán entrar o salir del territorio siempre que el importador o exportador se encuentre establecido en la Unión y asuma la responsabilidad de la mercancía o a través de su agente de aduanas que intervenga en nombre y por cuenta del importador y por supuesto asumiendo junto al importador los riesgos financieros y no financieros.
- Las mercancías de tercer país que entren en la UE se encontraran en Depósito Temporal con un periodo de 10 días hasta incluirlas en un Régimen Aduanero, si se necesitara más tiempo deberían incluirse en un Depósito Aduanero.
- La Deuda Aduanera no nacerá donde se presente la Declaración en Aduana, sino que tras un periodo transitorio nacerá en el lugar donde esté registrado el Importador, esto supone una ventaja para la Aduana ya que podrá controlar y auditar al Importador.
- La introducción de un nuevo estatuto de operador de confianza por control Trust and Check, este estatuto otorga autonomía al operador bajo el principio de transparencia en los procesos basados en los criterios del OEA para que, sin intervención de la Aduana, pueda proceder al Levante de las mercancías siempre que la información este antes y las mercancías no hayan sido registradas para su control y además tengan la ventaja de poder aplazar la deuda. Para poder conseguir este nuevo estatus los operadores deberán entregar una llave a la Aduana de su casa para que puedan tener acceso a los registros y sistemas del estado de las mercancías en tiempo real. Además, en los casos de tránsito se sustituirá el propio documento de tránsito por vigilancia aduanera como si la mercancía se encontrara en régimen suspensivo.
La nueva propuesta presenta un nuevo proceso simplificado para la introducción de las mercancías en la Unión Aduanera sustituyendo el DUA por un intercambio de datos mínimos por parte de las empresas para la obtención del Levante o la libre circulación siempre que se disponga de la información por adelantado y no plantee riesgo o problema para la Aduana pudiendo intervenir cuando y donde sea necesario.
Volviendo a la pregunta de qué pasa con los representantes aduaneros o agentes de aduanas, es complicado responder, aunque desde mi humilde opinión, se sigue pudiendo acceder a la representación directa e indirecta, pero con matices y mucha exigencia. La propuesta deja claro que al representante aduanero indirecto se le atribuirán las mismas responsabilidades que tiene el propio importador o exportador, incluso hasta las deudas no financieras. Los agentes de aduanas, ahora representantes aduaneros llevan siendo toda la vida los aliados de la Aduana, pero la Aduana aún no se ha dado cuenta o no ha querido verlo de esa manera, el sector se siente maltratado por no darles la confianza que se merecen que es el poder seguir actuando con la representación directa actuando en nombre y por cuenta del cliente y es que este nuevo borrador dice que aunque cumplas los requisitos para ser el operador de confianza de la Aduana por control Trust and Check si se desea este estatus deberemos trabajar con la representación indirecta asumiendo todas las responsabilidades del propio importador o exportador y que solo en el caso de que el importador o exportador consiga ese estatus de Trust and Check, se podrá trabajar con la responsabilidad directa.

Desde el Colegio de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Baleares nos sumamos a los demás Colegios y al Consejo para luchar por nuestro sitio y conseguir mediante lobby que escuchen nuestra opinión y pongamos en valor nuestro trabajo para conseguir ese lugar que tanto nos merecemos como aliados de la Aduana y que se nos permita seguir trabajando en nombre y por cuenta del cliente, tal como trabajan otros sectores y a los que por hacer el mismo trabajo se les exige menos responsabilidades.
Con seguridad este tema será uno de los principales temas a debatir en el próximo Foro junto con las autoridades aduaneras así que no os podéis perder este nuevo Foro Aduanero de Valencia. ¡Nos vemos allí!